Cuando pasa
1 año o más desde que se presenta la solicitud de nacionalidad española sin haber sido concedida. Transcurrido el plazo de 1 año sin que hubiera recaído resolución expresa, las solicitudes habrán de entenderse desestimadas por silencio administrativo
2.-¿CÓMO PUEDO PEDIR LA ACELERACIÓN DEL TRÁMITE Y OBTENER MI PASAPORTE?
La única manera de acelerar el proceso es interponer un Recurso Contencioso, y de hecho según informaciones a las que ha tenido acceso el bufete, en los Registros Civiles, el movimiento que se registra de concesiones de nacionalidad es de aquellas en las que se están interponiendo recursos contenciosos en la Audiencia Nacional quedando en un segundo plano el resto de solicitudes.
Los extranjeros que han solicitado la nacionalidad con el Nuevo Procedimiento, desde 2015 se han convertido en rehenes de la incompetencia de la administración y obligados a recurrir a la Justicia.
Cerca de
100 mil extranjeros que
cumplen con los requisitos establecidos por el Código Civil español para solicitar la Nacionalidad Española por Residencia se están viendo obligados, como
único remedio
para hacer valer sus derechos, a
recurrir a los Tribunales (Audiencia Nacional) cómo única opción para
obtener la Nacionalidad Española
ante una administración incompetente que no actúa.
3.- ¿CÓMO SE QUE ESTE RECURSO VA A FUNCIONAR?
En LEVANTIA ABOGADOS, somos abogados expertos en tramitar aceleración de Nacionalidad Española y hemos interpuesto cientos de Recursos Contenciosos, y es por eso que, sabemos que :
Una vez admitido a trámite el recurso contencioso administrativo, la Sala le concede al Ministerio de Justicia (que es la administración demandada y de la que depende la Dirección General de Registros y del Notariado, ahora Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública) el plazo de 20 días para que éste envíe el expediente administrativo judicial a la Sala de la Audiencia Nacional y así podremos presentar la demanda correspondiente.
4.- ¿POR QUE LA ADMINISTRACIÓN NO CUMPLE CON EL PLAZO DE 20 DÍAS?
Pues bien, este plazo, la mayoría de las veces es incumplido por la Administración demandada sin que se aporte el expediente, lo que deja al cliente en una
doble situación de indefensión al tener que soportar en vía judicial nuevamente ciertas demoras en incumplimientos por parte del Ministerio, demoras que pueden oscilar entre 1 y 4 meses.
Por este motivo para evitar estas demoras improcedentes, la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa prevé en su Art. 47.7 que transcurrido el plazo de 20 días de remisión del expediente sin haberse enviado por parte de la Administración, se reiterará la reclamación y, si no se enviara en el término de 10 días, contados como dispone el apartado. 3, previo apercibimiento del Letrado de la Administración de Justicia, el Juez impondrá una multa coercitiva de 300 a 1.200 euros a la autoridad o empleado del Ministerio de Justicia responsable de la demora. Esta multa será reiterada cada 20 días, hasta el cumplimiento de lo requerido.
5.- ¿CÓMO AGILIZAMOS MÁS EL TRÁMITE DESDE LEVANTIA ABOGADOS?
En la práctica, la Audiencia Nacional,
no suele requerir de oficio al Ministerio para que aporte el expediente de forma inmediata, por lo que, en
nuestro despacho tenemos un calendario de cada uno de nuestros clientes y su procedimiento para poder efectuar un primer
escrito de alegaciones justo al día siguiente de expirar el plazo de 20 días antes referido, para solicitar a la Sala, que se le
vuelva a requerir al Ministerio la remisión del expediente administrativo y que, en caso de no aportarlo en el término de 10 días, se le imponga una multa coercitiva según lo previsto.
Con frecuencia, nos encontramos con que debemos hacer varios requerimientos hasta que al cliente le conceden finalmente la Nacionalidad Española y mientras esto no sucede, el cliente puede ir viendo como el estado del expediente va evolucionando hasta su completa evolución.
6.- ¿ DESDE QUE INTERPONEN MI RECURSO, CUANTO TIEMPO TARDA LA CONCESIÓN DE NACIONALIDAD?
De este modo, desde que se interpone el recurso contencioso administrativo, la Dirección General de Registros y del Notariado ahora
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública tiene conocimiento de que se ha interpuesto el citado recurso y empieza a revisar la solicitud para darle salida antes de que sea demasiado tarde, lo que en la práctica, tras interponer recurso contencioso, se está concediendo la nacionalidad española en el
plazo de entre 3 meses los más rápidos hasta 8 meses los expedientes más lentos, ya sean para solicitudes de nacionalidad española del viejo procedimiento en 2015 o incluso antes o bien de presentación telemática de nacionalidad 2016 o 2017 y pronto 2018 siendo sin duda tiempos mucho más breves que si no se interpone el oportuno Recurso. Si bien indicar que cada procedimiento es un mundo y debe examinarse caso a caso.
7.- ¿REALMENTE ESTE RECURSO ES EFECTIVO?
Habiendo explicado y desvelado el misterioso procedimiento judicial de solicitud del expediente judicial y los plazos de espera hasta la concesión de la nacionalidad que son de entre 3 a 8 meses según cada caso de manera que muchos de nuestros clientes que presentaron la solicitud de nacionalidad española por residencia, en el plazo de 1 año y 5 meses obtienen la Nacionalidad Española quedando muy satisfechos con el resultado y muy agradecidos por la celeridad del trámite judicial, por eso es esencial contar con un Abogado experto en procedimientos de nacionalidad ya que, al iniciar el procedimiento judicial, de forma paralela, el expediente administrativo se verá impulsado, por lo que es muy importante que el abogado que te represente y defienda conozca de primera mano tu expediente y este familiarizado con todo el proceso de adquisición de la nacionalidad española por residencia para así, solucionar cualquier problema que pueda surgir y conseguir el efecto deseado de una respuesta anticipada.
De esta forma, desde LEVANTIA ABOGADOS conseguimos acelerar considerablemente la resolución del expediente de nacionalidad con el inicio del procedimiento judicial, es IMPORTANTE reseñar que, actualmente, las concesiones de nacionalidad están tardando una media de unos tres años. El recurso contencioso es el trámite IDÓNEO para acelerar el expediente de nacionalidad, ya que reduce la espera de años a sólo varios meses.
Desde Levantia Abogados le ayudamos a tramitar el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO para ACELERAR su Nacionalidad Española y poder obtener así su pasaporte y DNI español.
No importa en qué parte de España te encuentres, podemos ayudarte.
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