Cuando el extranjero que recibe una oferta en España lo hace para iniciar un programa de investigación o desarrollo (I+D+i) en lugar de para un puesto de trabajo regular, deberá solicitar este permiso de residencia por 2 años conocido como residencia por investigación.
Se trata de una autorización muy ventajosa debido a que se encuentra bajo la Ley 14/2013 o Ley de Emprendedores.
Esto significa que puede ser solicitada directamente desde España y que disfrutará de una resolución “fast-track” en tan solo 20 días laborales.
Al igual que sucede con el visado de estudiante, únicamente si la duración del proyecto de investigación es superior a 6 meses deberá el extranjero solicitar una TIE o tarjeta de residencia física.
Además,
se podrán incluir a los familiares del solicitante principal, los que podrían también obtener una tarjeta para residir y trabajar legalmente en el país.
Son 5 los grupos distintos de extranjeros (extracomunitarios) que pueden solicitar esta autorización de residencia:
Lo primero que debemos tener en cuenta es que será la propia empresa (ya sea pública o privada) o universidad quien inicie el proceso de solicitud para el investigador extranjero.
Esta solicitud se hará de manera online a través de la sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social; y se dirigirá a la UGE (Unidad de Grandes Empresas) en Madrid.
¿Y en qué momento debe ser solicitada?
Como ya hemos comentado, al encontrarse bajo la Ley de Emprendedores esta autorización puede ser solicitada tanto desde España (con visado de turista) como desde el país de origen antes de viajar al territorio español.
El listado de requisitos a presentar para conseguir la residencia para investigadores no es demasiado extenso y sigue la línea de la mayoría de autorizaciones de residencia en España:
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