TIPS PARA RENOVACIÓN DE LA RESIDENCIA GOLDEN VISA O DE INVERSORES EN ESPAÑA 2020
Una vez cumplido dicho plazo, aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por periodos sucesivos de cinco años, siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho, que son los siguientes:
- Los ciudadanos extranjeros de fuera de la UE que realicen una inversión significativa en España podrán solicitar un visado o autorización de residencia para inversores.
- Si se encuentran fuera de España deberán solicitar un visado de residencia por un año.
- Si se encuentran en España legalmente, es decir, disponen de una autorización de estancia o residencia o un visado de inversor, deben solicitar una autorización de residencia para inversores por dos años.
- Una vez cumplido dicho plazo, esta autorización será renovable por periodos de cinco años, siempre y cuando se mantenga la inversión y se visite España al menos una vez durante el periodo de residencia.
- • Autorización única para residir y trabajar válida para todo el territorio nacional, incluidos los familiares si cumplen con la edad prevista en la normativa laboral.
- • Libertad de movimiento en los estados Schengen.
- • Tramitación ágil: visados resueltos y notificados en 10 días hábiles y autorizaciones de residencia resueltas en 20 días, posibilidad de realizar los trámites a través de representante.
- • Tramitación conjunta para familiares.
- • No se requiere residencia efectiva en España, tan solo una visita durante el periodo de residencia.
- • La solicitud de la autorización de residencia prorrogará la vigencia de la situación de residencia o de estancia en España de la que fuera titular el extranjero hasta la resolución del procedimiento.
Requisitos generales
• No encontrarse irregularmente en territorio español.
• Ser mayor de 18 años.
• Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
• No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
• Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
• Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
• Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.
El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar y los ascendientes a cargo, que se reúnan o acompañen al titular, podrán solicitar conjunta y simultánea o sucesivamente, la autorización y, en su caso, el visado, si acreditan cumplir los requisitos expuestos en el apartado anterior.
Requisitos específicos
Haber realizado una inversión significativa en España directamente o a través de una persona jurídica que no esté domiciliada en un paraíso fiscal y de la que el inversor posea directa o indirectamente, la mayoría de los derechos de voto y tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de su órgano de administración.
• Inversión inicial de al menos:
- 2 millones de euros en deuda pública española.
- 1 millón de euros en acciones o participaciones de sociedades de capital con actividad real de negocio.
- 1 millón de euros en fondos de inversión.
- 1 millón de euros en depósitos bancarios.
• Adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 € libre de impuestos y cargas.
• Proyecto empresarial en España de interés general, considerando el cumplimiento de al menos una de estas condiciones:
- Creación de puestos de trabajo.
- Impacto socio-económico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se desarrolle el proyecto.
- Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
Un representante, designado por el inversor y debidamente acreditado, para la gestión de un proyecto de interés general podrá obtener el visado de residencia para inversor.
RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN
Se podrá solicitar la renovación durante los 60 días naturales previos a la caducidad de la autorización o dentro de los 90 días naturales posteriores,
sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.
¿QUIÉN PUEDE REALIZAR LA RENOVACIÓN?:
La tramitación puede realizarse a través de representante
aunque el inversor se encuentre en España o fuera de nuestro país, para ello es necesario contar con el asesoramiento de un abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad como LEVANTIA ABOGADOS, nosotros le ayudamos a renovar su GOLDEN VISA o RESIDENCIA DE INVERSORES,
tenemos oficinas en Alicante, Barcelona y Madrid.
PLAZOS
Los Consulados resuelven y notifican los visados en diez días laborables,
salvo en los casos de solicitantes sometidos a la consulta prevista en el artículo 22 del Código de Visados, en cuyo caso el plazo será el previsto con carácter general en dicho Código.
Si necesita tramitar la renovación de su GOLDEN VISA o Residencia de Inversores, confie en los abogados de LEVANTIA ABOGADOS,
contamos con una década de experiencia dedicados al derecho de extranjería y nacionalidad en España,