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¿Cuándo prescriben las deudas?

mar 01, 2021

¿Cuándo prescriben las deudas?



Llevamos varios meses recibiendo consultas sobre como podemos cancelar las deudas con el banco, y sobre todo preguntándonos cuando prescribirá la deuda contraída con el banco por una tarjeta de crédito que desconocíamos que adeudábamos.


Por eso desde el equipo de Levantia Abogados hemos querido en este post jurídico, explicaros al detalle la prescripción de las deudas.




Desde pedir un dinero prestado hasta dejar de pagar una factura. Hoy en día es muy fácil contraer algún tipo de deuda, normalmente como deudor, aunque a veces también como acreedor.


Lo normal es hacer honor a esa obligación. ¿Y si no es así? ¿Hasta cuándo hay que pagar? ¿Cuándo prescribe una deuda?


Lo primero que hay que tener claro es que ninguna deuda es eterna, todas tienen un plazo de prescripción salvo que haya una resolución judicial que así lo indique.


Este plazo marca el periodo máximo durante el que se podrá exigir el pago de la deuda una vez se haya superado la fecha de pago establecida. Dicho de otra forma, una vez dejes de pagar o dejen de pagarte, durante cuánto tiempo podrás seguir reclamando y teniendo derecho que te paguen.



En este punto hay que diferenciar entre prescripción y caducidad de una deuda.


* PRESCRIPCIÓN:

El primero se refiere a un derecho del acreedor (el titular de la deuda) a reclamar.


 *CADUCIDAD

y el segundo al mero paso del tiempo que extingue ese derecho. Se trata de conceptos parecidos pero no idénticos y la principal diferencia es que se puede interrumpir el plazo que queda hasta la prescripción de un derecho, pero no hasta su caducidad.



¿Cuándo prescribe una deuda?


El plazo de prescripción depende del tipo de deuda, aunque sí existen una serie de criterios generales marcados por el artículo 164 del Código Civil.


El más importante es que existe un periodo máximo de 5 años para la extinción de deudas sin un plazo concreto especificado.


Hasta la reforma de 2015 con la Ley 42/2015 este plazo general era de 15 años.


A partir de ahí este es el resumen de cuándo prescriben las deudas más habituales.


¿Cuándo prescribe una deuda bancaria?


Las deudas bancarias se extinguen a los 5 años, tanto los intereses como la deuda principal. Esto aplica a las deudas por préstamos no hipotecarios concedidos por las entidades bancarias dentro de los que también se incluyen las deudas de las tarjetas de crédito.


Existe una excepción que se aplica a deudas anteriores al 6 de octubre de 2015, que sí pueden tener un plazo de prescripción de 15 años pero que, en cualquier caso, se extinguirán a los 5 años desde la entrada en vigor de la Ley 42/2015, que cumpliría el 6 de octubre de 2020.


¿Cuándo prescribe una deuda hipotecaria?


Los préstamos hipotecarios tienen el plazo de prescripción más alto. Si dejas de pagar la hipoteca el banco podrá reclamarte legalmente durante 20 años.



¿Cuándo prescriben las deudas del alquiler?


Para las deudas por impago de alquiler se aplica el criterio general de 5 años, se encuentra en el artículo 166 del Código Civil.


En otras palabras, te podrán seguir reclamando el pago del alquiler durante un lustro siempre que no emprendan otras acciones legales, como explicamos más adelante.


Como arrendador puedes protegerte ante la morosidad con un seguro de impago de alquileres.


¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda?


Cualquier deuda con Hacienda prescribe en un plazo de 4 años según se indica en la Ley General Tributaria.

Estos 4 años coinciden con el plazo de Hacienda para revisar tu declaración de la renta en busca de errores. Por eso mismo es importante que guardes cualquier documento relativo al IRPF durante ese tiempo.

Las deudas con la Seguridad Social también tienen un plazo de prescripción de 4 años.


¿Cuándo prescriben las multas?


En el caso de las multas hay que diferencia entre el plazo de prescripción de la multa y de la deuda generada por esa multa.


 A modo de ejemplo, la administración dispone de entre tres y seis meses para comunicar una infracción de tráfico dependiendo de su gravedad. Pasado ese tiempo la sanción habrá prescrito y no podrán exigirte el pago de la multa.


Otra cosa diferente es que se te comunique la multa y no la pagues, generando una deuda con la administración. En ese caso, con la sanción ya firme, pueden seguir reclamando el pago de la multa durante 4 años, siempre que no paralicen el plazo de prescripción.


A estas deudas se pueden añadir las deudas con abogados, registradores, peritos, profesores, hoteles o restaurantes que, según recoge el artículo 1.967 del Código Civil.



¿Cómo evitar que una deuda prescriba?


Para que una deuda prescriba y se extinga deben cumplirse dos requisitos, además de finalizar los plazos que acabamos de ver.


1.-  es que el acreedor no haya ejercido ninguna acción extrajudicial ni judicial exigiendo el pago y el


 2.-el deudor no haya aceptado ni reconocido de forma expresa o tácita la deuda pendiente de pago. A efectos prácticos esto quiere decir que se puede parar la prescripción para evitar que la deuda se extinga reclamando el pago.


Existen varias formas de hacerlo. Estas son algunas de las más habituales: CARTA CERTIFICADA, BUROFAX, REQUERIMIENTO NOTARIAL.


Desde Levantia Abogados asesoramos a nuestros clientes a conocer el estado de su deuda para poder evaluar así cual es la opción más indicada para proceder a garantizar y velar por sus derechos.

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