HOY 21 DICIEMBRE 2020,
ha llegado la fecha y día señalado para que se cumpla el plazo máximo para renovar o modificar si tu tarjeta caducó entre el 15 de diciembre de 2019 y el 21 de junio de 2020.
Veamos cada tipo de residencia y sus prórrogas para poder saber en que terrenos nos movemos:
1.- Residencia de Búsqueda de empleo:
Se modifica durante la vigencia de la autorización. El plazo máximo es el 21 de diciembre de 2020.
2.- Estancia por estudios (3 años):
Modificación a residencia por cuenta propia o cuenta ajena, se realiza durante la vigencia de la autorización. El plazo máximo para hacerlo es el 21 de diciembre de 2020.
3.- Estancia por estudios:
Si la intención es modificar a una residencia para prácticas o para búsqueda de empleo, caduca el 21 de diciembre 2020 y entrarías en el plazo excepcional de los tres meses una vez caducada la residencia.
4.- Residencia de familiar de comunitario:
Si quieres renovar para obtener una tarjeta permanente o una de larga duración, caduca 21 de diciembre 2020 y entrarías en el plazo excepcional de los tres meses una vez caducada la residencia.
5.- Residencias por circunstancias excepcionales (arraigo social, laboral y familiar): Caduca el 21 de diciembre 2020 y entrarías en el plazo excepcional de los tres meses una vez caducada la residencia.
6,- Residencia No lucrativa:
Caduca el 21 de diciembre 2020 y entrarías en el plazo excepcional de los tres meses una vez caducada la residencia.
Todavía estás a tiempo de modificar o renovar y nuestros abogados especialistas en residencia españa pueden gestionar tu renovación.
Es por ello que hemos diseñado un servicio especial enfocado en los permisos de residencia y estancia prorrogados de forma automática. Por todo ello, deseamos que nos contactes hoy mismo y te informamos: