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VISADO PARA TRATAMIENTOS MÉDICOS

jun 01, 2021

VISADO

PARA TRATAMIENTOS MÉDICOS


La movilidad de personas es una tendencia creciente durante el último siglo, y no solo por motivos puramente vacacionales, sino que, cada vez más, las personas viajan en busca de servicios a otros destinos, por diferentes motivos, como puede ser el precio, la calidad o la propia disponibilidad de dichos servicios en otros países. La salud es un servicio cada vez más demandado por las personas del mundo entero, y numerosos países han apostado por políticas de apoyo a esta industria. España reúne las mejores condiciones para convertirse en una potencia internacional del turismo de salud, (una sanidad de reconocido prestigio en el mundo y una gran tradición turística), que, sin embargo, no se ha traducido en que nuestro país sea líder en la recepción de turistas internacionales con esta motivación. De hecho, en la mayoría de informes que analizan el turismo de salud realizados hasta la fecha, España no aparece como uno de los países de peso en el turismo de salud, y, a la vista de los datos, esta industria genera aún pocos beneficios en nuestro país.

 

Según la Organización de Cooperación al Desarrollo (OCDE) en su estudio Medical Tourism: Treatments, Markets and Health System Implications: A scoping review), Turismo médico es el término que se utiliza para describir la práctica de viajar a un destino diferente al lugar de residencia para obtener tratamiento médico, a la vez que se visita el destino y se realizan actividades más propias de un turista al uso. Como puede observarse, esta definición es más restrictiva; hace referencia al llamado turismo médico, una parte del turismo de salud. Pero el concepto de turismo de salud, tratado en este estudio, abarca más allá del turismo médico, incluyendo el subsegmento turismo de bienestar o wellness, que, en general tiene más que ver con la prevención de dolencias que minoren la salud del turista.




Los extranjeros no residentes que deseen recibir tratamiento médico en España han de tener el correspondiente permiso de las autoridades migratorias para permanecer en el país durante el tiempo necesario.


Esto ocurre de dos formas:

  1. Visa de turista. Para recibir tratamiento médico se entra con una visa C, también conocida como turista. Si no se tiene ya, al solicitarla hay que acreditar ante la oficina consular recursos económicos suficientes para costearse los servicios hospitalarios que se quieren recibir en España. Para no tener problemas, hay que entender muy bien el tiempo de estancia que permite la visa de turista. Generalmente el máximo son 90 días desde que se entra al país.Lo fundamental es la fecha que sella en el pasaporte el oficial de inmigración, para contar el tiempo. Si una vez que se está en el hospital la estancia necesita alargarse, puede pedirse una prórroga de estancia (Nosotros realizamos este trámite). Siempre hay que solicitarlo antes de que expire el visado.
  2.  Entrar como turista sin visa, por un máximo no extensible de 90 días. Para ello es necesario ser ciudadano de uno de los países pertenecientes al Programa de Exención de Visas. Hay que tener muy claro que la estancia no se puede prorrogar.


Estos visados solo se pueden solicitar en el Consulado de España, nosotros nos ocupamos de realizar todas las gestiones tanto en el Consulado como en España, para ello colaboramos con distintos doctores y hospitales,


En nuestro despacho nos encontramos muchos clientes argelinos que desean venir a España a realizarse un tratamiento médico que en Argelia no realizan, por ello nos hemos puesto en contacto con el CONSULADO DE ORAN y nos han inidicado los requisitos que se deben cumplir para que el VISADO resulte favorable:

 


Los requisitos necesarios para la tramitación de un visado de carácter excepcional por motivos médicos son los siguientes:

 

  • En primer lugar el informe de los médicos argelinos que recomiendan el traslado a España del paciente para su tratamiento fuera de Argelia por la imposibilidad de recibirlo aquí.

 

  • En segundo lugar el presupuesto ofrecido por la clínica en España para el citado tratamiento, así como la duración aproximada del mismo. También necesitaríamos que depositara una cantidad en metálico, razonable en relación a dicho presupuesto, en la cuenta de la misma clínica. Esta cantidad solo debería ser reembolsable en el caso de no concesión del visado o bien de devolución del interesado por parte de la policía de fronteras. También podría presentar , si las tiene, facturas previas de dicha clínica en sustitución de lo dicho en este mismo párrafo.

 

Obviamente debe acompañarse todo lo anterior de una solicitud de visado Schengen, con foto incluida, rellena en todos sus campos además de una copia completa de su pasaporte y el posible alojamiento.

 

Por último, debido a la situación actual de cierre de fronteras el visado se haría solo al enfermo y como máximo un acompañante y para ello, sería necesario obtener una autorización de retorno por parte de las autoridades argelinas a efectos de poder efectuar el regreso a Argelia una vez terminado su tratamiento.

 


 IMPORTANTE para una consulta médica no se dan visados, solo para operaciones urgentes que no pueden ser atendidas en Argelia.


Bio: https://turismo.gob.es/es-ES/Servicios/Documents/turismo_salud_espana.pdf


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