Kafala: es el compromiso de hacerse cargo voluntariamente del cuidado, educación y protección de un menor, de la misma manera que un padre lo haría por su hijo.
"Kafil" es la persona a la que se confía la tutela legal del menor "makfoul" y administra, en su interés, los bienes que este pueda recibir por herencia o donación.
Embajada de Argelia en España:
Embaixada de Alxeria en Madrid
General Oraá, 12 28006 Madrid
Teléfono: 915629705 Fax: 915629877
Legislación aplicable:
Según información del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, procedente del Consulado General de España en Argel, pueden constituir Kafalas los ciudadanos argelinos residentes en España.
Si se tiene conocimiento de quienes son los progenitores, la Kafala puede acordarse ante notario o ante un juez con el consentimiento de los padres del niño.
En el caso contrario, necesariamente,
debe constituirse judicialmente previa declaración de abandono,
por el procedimiento establecido y seguido ante el Juez de Familia con intervención del Ministerio Fiscal.
El menor acogido debe conservar su filiación de origen, si se tiene conocimiento de quienes son los progenitores. En caso de que sean desconocidos, un Decreto de 13 de enero de 1992 permite que el niño pueda adquirir el apellido de la persona que lo ha acogido. Para ello debe presentarse una solicitud ante la Dirección de Asuntos Civiles del Ministerio de Justicia de Argelia.
Si los dos progenitores o uno de ellos reclama la reintegración de la tutela del menor, este, si su grado de discernimiento lo permite,
podrá optar por el retorno con sus progenitores o, continuar en compañía de la persona que lo tiene acogido. Si la edad no lo permite, será el juez quien decida, teniendo en cuenta el interés del menor.
En el supuesto de fallecimiento del "Kafil", la tutela del "makfoul" se confiere a los herederos de aquel, si se ofrecen a hacerse cargo; en el caso contrario, la autoridad judicial atribuirá la guarda del niño a la entidad competente.
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