Cuando logramos encontrar un trabajo que nos gusta, donde nos sentimos realmente valorados y bien remunerados, a los trabajadores extranjeros, aún les preocupa otra cosa más, y es poder seguir manteniendo su trabajo cuando les venza la Autorización de Residencia y trabajo por cuenta ajena.
Desde Levantia Abogados , somos conscientes de la preocupación que genera en nuestros clientes y por eso en este artículo jurídico vamos a explicaros con detalle que CUALES SON LOS REQUISITOS Y QUE DOCUMENTACIÓN se necesita para que podamos renovar vuestra residencia sin ningún problema.
DOCUMENTACIÓN
*con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–03) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador.
Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio
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