Si llevas un tiempo viviendo en España sin residencia y quieres legalizar tu situación, el arraigo social es la opción ideal para conseguir una autorización de residencia y trabajo durante un año. Sin embargo, uno de sus principales requisitos es conseguir una oferta de trabajo, algo que suele ser complicado para muchos extranjeros (sobre todo porque se encuentran en situación irregular). Es por eso que muchos de ellos empiezan a preguntarse: ¿ es posible obtener un “arraigo social” sin tener un contrato de trabajo o encontrar una oferta de trabajo? A continuación encontrará una respuesta detallada.
Sí, es totalmente posible aplicar con éxito al arraigo social sin tener una oferta de trabajo, aunque la regla general es que primero debes encontrar un contrato de un año a tiempo completo.
De hecho, hay dos formas diferentes de hacerlo (como veremos a continuación): iniciando una actividad por cuenta propia o presentando medios económicos suficientes (que pueden ser directamente tuyos o de un familiar con el que convives).
Si bien es cierto que se trata de dos caminos más complejos que en el caso del contrato de trabajo, esta alternativa sigue siendo totalmente posible, y si cumples con los requisitos que a continuación te detallamos, tu solicitud será aprobada con éxito.
Este punto es de gran importancia e interés sobre todo en la situación actual en la que encontrar trabajo en el territorio español siendo extranjero suele ser una tarea tan complicada .
En lugar de buscar una empresa que te contrate y obtener una oferta de trabajo de ella, en este caso solicitarías el arraigo social iniciando actividades laborales de forma independiente (es decir, dándote de alta como autónomo o profesional independiente ).
Los requisitos son exactamente los mismos que en el caso general de arraigo social , pero con un extra.
En este caso, será necesario justificar y definir con precisión qué actividad desarrollarás , cómo vas a financiar tus operaciones, crear una proyección financiera, definir cómo estructurarás tus esfuerzos de marketing, etc.
Y eso es algo que necesitarás detallar exhaustivamente a través de un plan de empresa , el requisito más importante en este tipo de solicitudes.
Por otro lado, también será importante demostrar que tienes la cualificación suficiente para desarrollar esta actividad, tanto en términos de educación/formación, como de suficiente experiencia laboral relacionada con la actividad a desarrollar.
En otras palabras, la Oficina de Extranjería debe entender a cabalidad que eres capaz de afrontar los retos que generará tu proyecto con tu experiencia y conocimientos previos.
Por último, también es necesario demostrar la posesión de medios económicos suficientes .
Estamos hablando de fondos tanto para iniciar y mantener las operaciones comerciales como para usted mismo en el país durante un año.
En este último caso, sería el 100% del IPREM (unos 7.000€ anuales), sumados a los 3.000-5000€ necesarios para montar y mantener tu negocio (por lo que tendrás que demostrar la posesión de unos 10.000- 12.000€ en total )
Por otro lado, hay casos en los que no es necesario aportar un contrato de trabajo porque dispones de medios económicos suficientes por tu cuenta (por tanto, no necesitas iniciar ninguna actividad por tu cuenta).
Es decir, eres capaz de demostrar que, a través de una de las 2 opciones que veremos a continuación, tienes acceso a dinero suficiente para mantenerte en España durante un año .
Hablamos de 2 opciones principales:
En cualquiera de estos dos casos, deberás aportar previamente estos medios económicos al solicitar el informe de integración social . Este documento indicará que no es necesario presentar la oferta de trabajo en la solicitud con la oficina de inmigración.
Pero, ¿cuál es exactamente la cantidad de dinero que debes probar?
Hablamos de una cantidad muy similar a la de la reagrupación familiar (150% del IPREM), pero con la principal diferencia de que para este trámite la oficina de extranjería analiza cada caso de forma independiente .
Es decir, no podemos darte una cantidad exacta, ya que dependerá de tu situación particular . Las autoridades analizarán cuál es el familiar que aportará los fondos, qué parentesco tienes con ella, cuántas personas viven en tu mismo domicilio, etc. Y con esa información determinarán si la cantidad mostrada es suficiente o no.
Finalmente, debe tener en cuenta que bajo esta opción, la autorización de circunstancias excepcionales que obtendrá no contendrá un permiso de trabajo (por lo que no podrá trabajar en el país)
Hasta ahora hemos analizado los requisitos específicos que tendrás que cumplir en cada una de estas alternativas al presentar tu solicitud de arraigo sin contrato de trabajo.
Sin embargo, aunque desaparece la necesidad de presentar un contrato de trabajo, todavía hay una serie de requisitos propios del arraigo social que se deben cumplir .
Estamos hablando de:
Continuamos trabajamos para tí.... Contáctanos!
Tlf. + 0034 698 901 389 | + 0034 601 53 41 66