Para muchas parejas que no están de acuerdo con el matrimonio, ser pareja de hecho puede ser una buena opción si quieren beneficiarse de las ventajas, pero también es importante conocer las desventajas que tiene este tipo de unión.
Se define pareja de hecho como una unión reconocida por el ordenamiento jurídico en la que las dos personas tengan una relación estable de convivencia y afectividad. A diferencia del matrimonio, las parejas de hecho dependen de cada Comunidad Autónoma, ya que no están suscritas al Registro Civil, sino al Registro de Uniones de Parejas de Hecho.
Requisitos para la inscripción como pareja de hecho
- Ser mayor de edad o contar con un documento de emancipación en el caso de ser menor.
- Uno o dos años de convivencia ininterrumpidos. Para acreditarlo se pedirán declaraciones de convivencia firmadas por testigos.
- No estar casado legalmente. Lo que quiere decir que no haya ningún matrimonio activo en el momento del registro.
- Que uno de los dos componentes de la pareja esté empadronado en la Comunidad Autónoma en la que se lleve a cabo el registro.
Ventajas
Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se lleve a cabo el registro, las ventajas pueden ser, prácticamente, las mismas que con el matrimonio, pero no es el caso de todo el territorio.
- La principal ventaja es que en caso de ruptura es más fácil deshacer una pareja de hecho que un matrimonio. En este caso solo habría que acudir al mismo registro en el que se dio de alta la pareja y darse de baja.
- Otra razón para hacerse pareja de hecho es el derecho a los permisos laborales en caso de enfermedad o fallecimiento del cónyuge.
- Pensión compensatoria o pensión de viudedad. A pesar de tener que aportar más papeleo en el caso de ser pareja de hecho, también puede pedirse tanto la pensión compensatoria como la de viudedad.
- Hijos. En este caso, los derechos y obligaciones son exactamente los mismos que en el matrimonio. En el caso de ruptura, si no hay acuerdo en la custodia, el juez podrá decidir sobre la misma y el régimen de visitas, así como sobre el subsidio de manutención.
Desventajas
- Impuestos. La principal desventaja y diferencia entre matrimonio y pareja de hecho, es que en este último caso no está permitido tributar en la opción de tributación conjunta del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), por lo que no se podrían aplicar los beneficios fiscales, que aprueban las Comunidades Autónomas para los casos de las donaciones, aunque sí se podría acceder a otros beneficios fiscales, aprobados también por las Comunidades Autónomas, en el IRPF.
- Adopción. En la teoría, cada Comunidad Autónoma trabaja para que sea igual de fácil adoptar o acoger siendo pareja de hecho, aunque en la práctica, solo en algunas se consigue.